jueves, 21 de julio de 2016

Historia de Catalunya (Usatges de Barcelona [II])

Según la investigación realizada por el historiador frances, Pierre Bonnassie, es posible discernir la antigüedad de algunos usatges en función de las dataciones monetarias mencionadas en los textos y de las referencias a distintos contextos históricos. Así, Bonnassie identifica los usatges 4 (2º apartado), 5, 6, 7, 13, 27 y 28 como originados en la época más antigua de la compilación, es decir, proceden del tiempo de Ramón Berenguer I. Otros pueden retrotraerse como máximo al período de Ramón Berenguer III, mientras que algunos (como las menciones de sueldos) son indatables.

Pierre Bonnassie también subraya que los "Usatges" aspiran abiertamente a renovar el derecho y no simplemente a reproducir o prolongar la tradición jurídica gótica, aunque tampoco aspiran a cambiarla por completo. No son un sustituto, sino un complemento y una adecuación a las nuevas circunstancias.

En la época de Ramón Berenguer IV, a principios del siglo XII, se recopiló lo que pudiera calificarse como el primer código jurídico-constitucional de la historia. El manuscrito más antiguo que se conserva es de finales del siglo XII. Entre los siglos XV y XVIII se fueron recopilando diversos textos del derecho catalán donde los "Usatges de Barcelona" figuraban siempre por delante de las constituciones, aunque estas tuvieran un rango superior. Incluso con los decretos de Nueva Planta, los Usatges continuaron en vigor, pero terminaron siendo superados por las nuevas leyes centralistas borbónicas, de los invasores del territorio catalan

Historia de Catalunya (Usatges de Barcelona [I])

Los "Usatges" de Barcelona: eran los usos y costumbres que forman la base de las constituciones catalanas. Históricamente, el derecho común en la "Catalunya Vella" se basaba en estos textos, que comenzaron a ser recopilados a partir del siglo XI, en tiempos de Ramón Berenguer I. Se recopilaban textos de diversa procedencia normativa: resoluciones de la corte condal, fragmentos del derecho romano, del derecho visigodo, de cánones religiosos y usos consuetudinarios.

Aunque en la crónica "Gesta comitum barcinonensium" se atribuye la promulgación de los Usatges a Ramón Berenguer I, no obstante, parece que la redacción definitiva tuvo lugar durante el reinado de Jaume I "el Conqueridor". En efecto, al principio los "Usatges" sólo regían en el territorio del conde de Barcelona pero, al extenderse su aplicación a todo el Principat de Catalunya, hubo una serie de enfrentamientos. Algunos juristas tomaban partido por la ley visigoda (more Gothico) y otros por el derecho romano (more Romano) y, cada grupo llevaba adelante los procesos según un derecho u otro siguiendo la tradición llamada "usus terrae" (basada en la costumbre consuetudinaria local, el sentido común y el libre arbitrio del juez). Jaume I llevó el problema a las Corts de Catalunya de 1251 y se estableció la prioridad de los "Usatges de Barcelona", y, si no era posible, había que recurrir a las costumbres probadas o a al derecho natural. Los "Usatges de Barcelona" se convirtieron así en la base del derecho catalán y de otros códigos como:
- Usatges de Gerona.
- Usatges de Lleida.
- Usatges de Tortosa.
- Fueros de Valencia, aunque bajo del nombre de fueros se unían usos y constituciones.
- Franquesas de Mallorca.
- Capítulo de Atenas, para los ducados de Atenas y Neopatria

Historia de Catalunya (Junta de Braços)

En la edad moderna la Junta General de Braços de Catalunya era una institución que convocaba la Diputacio del General de Catalunya de manera extraordinaria en casos de emergencia o urgencia. Formaban parte de ella todos aquellos representantes en las Corts Catalanas que en ese momento se encontraran en la capital de Barcelona.
La decisión de convocar la Junta de Braços debían tomar los tres diputados y los tres oyentes que conformaban la Diputacio del General de Catalunya. Se constituía siguiendo el mismo ejemplo de las Corts Catalanas, es decir, reuniendo los miembros de los tres brazos estamentales: el eclesiástico formado por clero, el militar formado por la nobleza y el popular formado por las villas y ciudades. Sólo se convocaba a los miembros que vivían en Barcelona (o que en ese momento estaban), ya que el carácter urgente de las cuestiones que se debían plantear y las comunicaciones precarias de la época imposibilitaban una convocatoria general para toda Catalunya. La finalidad de la Junta de Braços era la de aconsejar el consistorio vigente sobre algún tema candente, o ratificar sus decisiones ya tomadas. Podía ser que para asistirle en la gestión del tema tratado la Junta creas una comisión formada por algunos de sus miembros y que se llamaba según el número de integrantes que tenía: novena, decimoctava o treinta y seseiava.1 En ningún caso tenía la facultad de legislar nuevas constituciones, capítulos de cortes, o actos de cortes, prerrogativa únicamente de las Corts Catalanas

1640. Con el estallido de la Guerra de Cataluña (1640-1659) los Braços o "Estats Generales" (nombre que aludía a los estados generales de las Provincias Unidas, actual Holanda) recomendaron a la Diputación que convocara también aquellas villas y pueblos reales que normalmente no entraban en las Corts Catalanas así como también los simples varones tanto seculares como eclesiásticos, convocatoria que fue todo un éxito de respuesta y representatividad general del país. Esta asamblea propuso y legitimar las diversas medidas militares, diplomáticas y cambios legales fundamentales que la Diputacio adoptó. Sus miembros formaron juntas de guerra, de hacienda y de justicia, así como una decimoctava (después ampliada a trigésima sexta) que asesoraba a los diputados y oidores de la Diputacio en los asuntos generales.

1713. Esta Junta de Brazos se inició el 30 de junio de 1713 en el Saló de Sant Jordi del Palau de la Generalitat para deliberar si en defensa de las constituciones se debía seguir oponiendo resistencia a las tropas de Felipe V (una vez Carlos III había marchado ya hacia Viena). Cada Braço deliberó por separado en salas diferentes, y el 6 de julio siguiente el Braç real y el Braç militar acordaron la defensa con armas del Principat, para mantenerlo bajo el dominio de Carlos III y preservar las Constituciones, Privilegios, Usos y Costumbres e inmunidades de Catalunya, conforme a lo que se adhirió al día siguiente el Braç Militar. Esta resolución dio lugar a la heroica resistencia catalana a las tropas de Felipe V durante la "Guerra de Sucesión".

Leyendas en Catalunya (Maria Pujol)

María Pujol era conocida como "La Napa", este sobrenombre le vino al residir en una casa denominada "Can Nap", en la población de Prats de Lluçanès (Barcelona). Según cuentan era una mujer que sufría de demencia y como a todas las consideradas como a brujas era una mujer vieja, viuda y de aspecto misterioso y siniestro. A esto se le sumaba el estar mal considerada al no conocersele trabajo alguno y se desconocía cómo lograba subsistir. El 22 de diciembre de 1766 se encontró en el estercolero de "can Vilanova" el cuerpo mutilado de Maria Anna Riambau, una niña de cuatro años de edad. Como al parecer, se entendía bastante con los niños y niñas del pueblo, porque les daba dulces y semillas de calabaza. También acariciaba y peinaba a los pequeños, pero poco después, corrió el rumor de que los que pasaban más tiempo con la Napa acababan muriendo. Ante esto, la justicia intervino y al revolver la casa descubrieron órganos "humanos": brazos, hígados, piernas y ojos de niños. Fue encerrada en prisión y la ataron a una anilla de hierro en la pared. Posteriormente se la llevaron a Barcelona donde fue colgada en la horca el 8 de enero de 1767.
 En la actualidad, todo parece indicar que María Pujol fue la última bruja catalana en ser ahorcada, concretamente en el lugar llamado "el Serrat de les Forques" que está situado en un extremo de la población de Sant Feliu de Saserra (Barcelona). No obstante, los datos históricos nos dicen otra cosa, y esta fue ejecutada por el crimen (y no por brujería) de Maria Anna Riambau, siendo su final en la ciudad de Barcelona.

Leyendas en Catalunya (Angela Vilafreser)

Nació en Sant Climent Sarriba, en 1580 - ¿? en 1620. Fue una sanadora y comadrona vinculada al Lluçanès que fue condenada por bruja. Casada con Juan Vilafreser, agricultor de Santa María de Lluçà. También era conocida como "La Vigatana"Fue una de las muchas mujeres acusadas de brujería en el primer cuarto del siglo XVII, concretamente entre 1618-1622, momento de máxima efervescencia de la persecución. La delicada situación económica y social por la que pasaba Cataluña necesitaba un chivo expiatorio que explicara la pertinaz sequía, los aguaceros descontrolados, las desastrosas cosechas o las enfermedades contagiosas. El colectivo sobre el que recayó la culpabilidad era el de las mujeres mayores, generalmente viudas, con algún defecto físico y hechiceras o medicinales. Era originaria de San Clemente se llega (Lluçanès). Al casarse se trasladó a vivir a Santa Maria de Lluçà, donde su marido hacía de campo y donde fue detenida. Era madre de un hijo. Se la relacionaba con el mundo del curanderismo y su trabajo consistía en hacer brebajes y pócimas para curar ahíto, ataques de apoplejía y, durante un tiempo ejerció de comadrona, lo que hizo que Juan Verdaguer, agricultor de Santa María de Lluçà , le acusara de infanticidio. Fue encausada al tiempo que Joana Pons (Juana la Negra), Rafaela Puigcercós y Joana Mateus. Su proceso se abrió el 1 de marzo de 1619 en Olost. Admitió bajo tortura todos los cargos que las autoridades civiles le quisieron imputar, incluso el de tener trato carnal con el demonio. Fue sentenciada a morir en la horca el 22 de mayo de 1620

Leyendas en Catalunya (Rafela Puigcercós i Roma)

Nacio en ¿? 1540 - fallece Sant Feliu Saserra (Bages [Barcelona]), septiembre de 1620 . Fue una de las muchas mujeres acusadas de brujería en el primer cuarto del siglo XVII, concretamente entre 1618-1622, momento de máxima efervescencia de la persecución. La delicada situación económica y social por la que pasaba Cataluña necesitaba un chivo expiatorio que explicara la pertinaz sequía, los aguaceros descontrolados, las desastrosas cosechas o las enfermedades contagiosas. El colectivo sobre el que recayó la culpabilidad era el de las mujeres mayores, generalmente viudas, con algún defecto físico y hechiceras. Rafaela Puigcercós fue una mujer hábil y capacitada para hacer brebajes y curar enfermedades con remedios caseros y, como muchas otras hechiceras y medicinales, sufrió la acción de los tribunales civiles encargados de llevar a cabo la caza de brujas y los juicios. Tenía unos 60 años cuando fue detenida en Sant Agustí de Lluçanès y procesada, bajo la acusación de bruja, al tiempo que Joana Pons (Juana la Negra), Ángela Vilafreser (La Vigatana) y Joana Mateus. Los cargos que se les imputaban en estos casos eran siempre los mismos: matar niños, producir bocios, dañar las cosechas, provocar granizadas, matar al ganado, tener relaciones con el demonio ... Fue torturada en Sant Feliu de Sasserra, en una propiedad del lugarteniente de la veguería del Lluçanès, Joan Mas. Se le acusó de participar en una de las asambleas diabólicas que se hicieron en la Roca de la Piña; fue condenada a la horca y colgada en septiembre de 1620 en el Serrat de les Forques.

miércoles, 20 de julio de 2016

Historia de Catalunya (Pere Joan Sala)

Nació ¿? - Fallece en 1485. Fue el caudillo de los remensas radicales que encabezó la segunda guerra remensa, que empieza con el alzamiento de Mieres en el año 1484. Fue lugarteniente de Francesc de Verntallat, pero a diferencia de éste, Joan Sala era un revolucionario radical que no quería ningún pacto con la realeza.
La segunda guerra remensa fue motivada por el intento de actuación judicial contra los bienes de los campesinos que se negaban a pagar los censos señoriales. Adiccionalmente, hace falta valorar que había habido una coincidencia de intereses y de apoyo entre los remensas durante su primera revuelta y el rey Joan II "el Gran" y la guerra civil catalana. Coincidieron en el tiempo (1462-1472) y en el adversario: la Generalitat y la nobleza. Sin embargo, al acabar la guerra civil catalana, el rey se desentendió de la causa remensa.
El lugarteniente de Catalunya intentó frenar la revuelta, sin éxito, y el conflicto se extendió por todo el Principat de Catalunya.

En enero de 1485, al frente de 400 labradores, Pere Joan Sala derrotó la hueste del veguer barcelonés en Montornés del Vallés. Posteriormente, tomó la villa de Granollers, desde dónde la revuelta se extendió por el Vallés, el Maresme y el Baix Llobregat. Cuando la amenaza sobre Barcelona fue evidente, las autoridades reaccionaron y lo vencieron en Llerona, en marzo de 1485. Lo hicieron prisionero y lo ejecutaron.
Esta revuelta remensa consiguió que la monarquía, ahora reinando Ferran II "el Catolico", hijo bastardo de Joan II, se implicara en el caso de los remensas y después de muchas negociaciones dictó, el 21 de abril de 1486, la "Sentencia Arbitral de Guadalupe". La sentencia perdonó los sublevados pero fue implacable con los cabezas de la revuelta.

Historia de Catalunya (Francesc de Verntallat)

Nació en Vall de Bas (Girona) en 1426 o 1428 - Fallece en San Feliu de Pallarols (Girona) en 1498 o 1499. Fue un militar catalán que participó en la "Guerra de los Remensas".
Miembro de la baja nobleza, era el encargado de la masía Noguer de Batet, dónde se ahorraba el labrar y el cavar, y formaba parte del "Brazo Real de los caballeros, generosos y hombres de paraje del Principat de Catalunya. Más tarde conocidos como hidalgos de Catalunya.
Cuando estalló la Guerra civil catalana, entre la Generalidad y Joan II "el Grande", la baja nobleza se puso del lado del rey, quien aprovechó el contacto que había entre el campesinado remensa y los hidalgos para acercar a su causa el conjunto de los labradores.

Francesc de Verntallat organizó un pequeño ejército de labradores de las zonas pirenaicas que asaltó el castillo de Bestracá, donde el señor retenía un remensa que no quería o no podía pagar. Más tarde sitió el castillo de Castellfullit por una causa similar. Durante el asedio de Girona fue llamado por la Reina Juana Enríquez para ayudarla en la defensa de la ciudad, en la que ella y el Infante Ferran (más tarde Ferran II) estaban bloqueados. Agradecida por la actuación de los remensas, la reina le dio el título de Capitán Real. A partir de aquel momento sus hombres plenamente identificados con él empezaron a ser conocidos como "els Verntallats".

Francesc de Verntallat y su ejército ocupó Olot, Castellfullit de la Roca, Banyoles y los castillos de la montaña, luchó en inferioridad numérica contra las diferentes fuerzas de la Generalidad; Hugo Roberto III de Pallars, Enrique IV de Castilla, Pedro de Portugal y Juan de Lorena.
La guerra tuvo altibajos hasta que finalmente el 28 de octubre de 1472, las tropas de Joan II entraron a Barcelona, donde se firmó la "Capitulación de Pedralbes", por la cual Catalunya conservaba sus fueros y privilegios.
Las tropas remensas estaban organizadas en capitanías y subcapitanies, así, de cada tres labradores, dos cultivaban la tierra del tercero, que estaba movilizado. Este sistema de reclutamiento perduró en las diferentes fuerzas guerrilleras que hubo en el país.
En 1484 estalló la Segunda Guerra Remensa, dirigida por su antiguo lugarteniente, Pere Joan Sala, pero Verntallat se mantuvo al margen. Tras la derrota de Sala, los señores se veían como ganadores de la guerra y estaban dispuestos a mantener e incluso a acentuar los malos usos, pero Verntallat mantuvo en su poder los castillos de la montaña y sus fuerzas.

El conde de Tendilla, destinado por el rey para lograr el fin de la guerra, buscó a Verntallat como representante de los labradores para llegar al acuerdo de la Sentencia de Guadalupe.
Una vez conseguidas las principales reivindicaciones remensas, Francesc de Verntallat permaneció un tiempo en la corte de los Reyes Católicos hasta que volvió a su Castillo de San Feliu de Pallarols dónde murió a finales de siglo.

Historia de Catalunya (Sentencia de Guadalupe)

La Sentencia Arbitral de Guadalupe fue una resolución jurídica dictada en el Monasterio de Santa María de Guadalupe (Caceres), el 21 de abril de 1486, por Ferran "el Católico" para liberar a los payeses catalanes que estaban sujetos a la tierra de un señor (payeses de remensa) de sus obligaciones a cambio de un pago y para abolir los "malos usos" de los señores.
Para resolver el conflicto entre payeses y señores de remensa Alfons V "el Magnánim" autorizó a los payeses para que, por grupos inferiores a 50, eligieran síndicos. Más de 25.000 payeses se comprometieron a eso en 1449 que presentaron un proyecto de compromiso o concordia. En 1455 el monarca abolió los "malos usos" a cambio de una compensación económica. Esta medida chocó contra los intereses de los señores y provocó una guerra en la que los señores lucharon contra los campesinos, que estaban encabezados por Francesc Verntallat.
La guerra civil de 1462-1472 había hecho mella en dicha sociedad y las causas que la motivaron no habían desaparecido. Aparte los catalanes tenían aún ciertas dificultades: piratería en las costas, competencia extranjera contra los productos de su economía, paro, emigración...

En las Corts de Barcelona de 1480-1481, presididas por el rey Ferran II "el Catolico", se tomaron las primeras medidas para lo que se había calificado como recuperación (redreç) de la economía catalana y, en particular, para dar solución a las cosas como las confiscaciones realizadas por ambos bandos durante la guerra.
La Consitución de la Observancia promulgada en aquellas cortes señala la reconciliación del monarca con las instituciones catalanas pero la situación vuelve a empeorar a partir de 1484. Es probable que el establecimiento del Tribunal de la Santa Inquisición ayudara pero lo cierto es que Catalunya no había superado la crisis.
Sobre el tema de los payeses de remensa (llamados también simplemente remensas), para satisfacer a los señores Fernando restableció los derechos que existían antes de 1455. Esto no gustó a los remensas. En 1483 estos reciben autorización para volver a reunirse con el monarca y plantearle sus reivindicaciones, lo que no gusta a los señores y provoca agitación en Catalunya, temiéndose una nueva guerra.
En 1484 los payeses de remensa más radicales, dirigidos por Pere Joan Sala, se levantaron en armas y pidieron que se reconociera a los campesinos el pleno derecho a la propiedad de la tierra.

Sin embargo, una vía más moderada se impuso. Señores y remensas aceptarán el arbitraje de la Corona, por considerarla imparcial. En la sentencia arbitral quedarán abolidos los "malos usos", como el "derecho de maltratar" que tenían los señores sobre los campesinos. Los campesinos pueden obtener la libertad personal mediante el pago de una suma de sesenta sueldos, a pagar en un año o en varios. Además se establece el derecho a que el campesino pueda permanecer en la parcela de tierra pagando un alquiler de larga duración al señor y que dicho arrendamiento se pueda transmitir a los herederos

Leyendas en Catalunya (Margarida Font "La Gavatxona")

Por las cercanias de Viladrau (Girona) dicen que vivía Margarida Font "la Gavatxona", se le conocia con este apelativo porque era nacida en Francia, a pesar de que vivía en esa población famosa por sus manantiales desde los 10 años. La leyenda la convierte en una de las "bruixes" más famosas del Montseny. Pero un 10 de mayo de 1619, fue denunciada y detenida por los esbirros del Tribunal de la Santa Inquisición, apenas contaba con 28 años y según esa misma leyenda de una belleza extraordinaria. Fue trasladada a la prisión de Vic (Barcelona) donde la mujer sufrió todo tipo de vejaciones y torturas para que confesara sus pactos con el "diablo". Posteriormente moriria ahorcada y la ley impedia que su cuerpo fuera descolgado, bajo pena de sufrir el mismo castigo. Por eso no es de extrañar que las epidemias y las pandemias se sucedieran en aquella época, donde muchas de esas brujas, eran inocentes (por no decir la mayoria) y solo las envidias de otras mujeres o el odio de algunos "caballeros" que no conseguian sus favores sexuales, eran denunciadas por brujería, para que sufrieran un castigo casi peor que la muerte


Leyendas en Catalunya (Antonia Rosquellas)

Posiblemente en Mas Rosquelles, nacio, Antonia Rosquelles. No sabemos que edad tenía en el aquel mes de abril del 1620, pero nos la podemos imaginar como una mujer mayor, sobre los 50 años, que fue acusada de provocar bocios, una enfermedad que se da frecuentemente entre las personas mal alimentadas, o con carencias vitamínicas notables, se caracteriza por una fuerte hinchazón en el cuello, era muy, muy frecuente; de provocar granizadas y tempestades; de arruinar las cosechas; de acudir a akelarres (las reuniones de las brujas, según la terminología vasca que se extendió por toda Europa a raíz del juicio contra las supuestas brujas de Zugarramurdi); y finalmente, como guinda al ya sabroso pastel, de provocar la muerte de niños recién nacidos, no hace falta que recordemos que en tiempos de hambruna, epidemias, malnutrición, y en pleno siglo XVII, los bebés son los más débiles y propensos a morir. A pesar de ellos, una de esas culpables para la pblación era Antonia Rosquelles, que fue declarada "bruixa". Para hacerse una idea, la cacería de brujas que tuvo lugar entre los siglos XVI y XVII tuvo como consecuencia la ejecución de 8 personas en Perpignan (Francia), 14 en Viladrau, 8 más en Granollers, 12 en Caldes de Montbui y 3 en Andorra.

Leyendas en Catalunya ("Les Bruixes" [II])

A partir de Santo Tomás de Aquino hay un cambio de paradigma, y el mal es directamente asociado a la figura del "Diablo" ("Angel Caido"), y esta figura puede actuar también en la Tierra como hace Dios, pasando el Mal de ser un concepto etéreo o metafísico a uno real y físico. A partir de este modelo se crearía una guerra entre el Bien y el Mal (dualismo), y por asociación, las bruixes que sin comerlo ni beberlo, pertenecerían desde ese momento al "bando" del Mal y con ello aparecen esos pactos con el diablo, para crear desgracias a las personas que vivian cerca de ellas

Las prácticas de la antigua superstición a raíz de aquí tomaron otro rumbo, son un verdadero peligro amparadas por el mismísimo Diablo y no cabe duda de su efectividad y maldad.
El Tribunal de la Santa Inquisición poco a poco inculcó en el pueblo la idea de que las culpables de todas las desgracias y catástrofes eran por medio de esas mujeres, amparadas bajo la protección del Diablo y el pueblo ignorante y temeroso acabó por creérselo. Es por ello que para acabar el mal, ellas debían ser torturadas para que confensaran sus delitos y luego ejecutadas, colgadas, quemadas...
Sorpendentemente la palabra "bruixa", que luego serian adoptadas por el castellano y el portugués es inexistente antes del s.XV. Este término va ligado al propio fenómeno de la "caça de bruixes". Anteriormente a este siglo estas mujeres eran conocidas como: hechiceras, sortílegas (de echar las suertes), adivinadoras o conjugadoras (sanar con conjuros). Todos estos apelativos fueron desapareciendo para unificarse en el mismo término "Bruixa" y según la iglesia, personas que tenían pactos con el diablo.

fuente: https://bruixesvallesmaresme.wordpress.com

Leyendas en Catalunya ("Les Bruixes" [I])

A mediados del s.XIV y principios del s.XVIII todas las prácticas asociadas a la salud, así como las de la adivinación y la magia amorosa comenzaron a ser temidas por una gran parte de la sociedad rural de la época, cosa que llevaría posteriormente a una persecución que conocemos como la "caça de bruixes".

A estas habilidades la iglesia cristiana (catolicos, prostentantes...) las consideraba superstición y estaban condenadas desde los inicios del crsitianismo. Sin embargo, se reafirmaron considerándose como maléficas. El Tribunal de la Santa inquisición se encargó de fomentar un recelo popular sobre estas antiguas prácticas (de uso común desde siempre), así como para los practicantes que las llevaban a cabo. La artimaña utilizada fue vincular todos y cada uno de los males naturales (granizos, sequías, enfermedades de los animales, hambre, malas cosechas, epidemias… ) a las mujeres que ejercían las prácticas mencionadas con anterioridad. Para crear un mayor temor y desconfianza la iglesia solapó prácticas, practicantes y herejía (podemos recordar que la superstición era herejía hasta ese momento) favorecian a ese practicante gracias a un "Pacto con el Diablo".
A finales de la Edad Media, s.XV, existe un cambio de percepción proveniente de la teología cristiana; hasta entonces todo se basaba en la actitud de San Agustín de Hipona, la cual venía a decir que "Todo lo que sucedía era obra de Dios".

Analizando este pensamiento, todo era gestado por la mano de Dios, lo bueno, pero también lo malo y en este aspecto entrarían: las malas cosechas, enfermedades, epidemias, etc, y todas las desgracias serían un castigo divino por los pecados cometidos.
En esos tiempos, las practicas citadas aún siendo consideradas de peligrosas no dejaban de ser superstición y con una dudosa efectividad en su resultado, pues de ser así, estarían por encina del poder absoluto de Dios.

martes, 19 de julio de 2016

Historia de Catalunya (Carlos de Viana [III])

Él rechaza estas propuestas y tras reconciliarse con su padre vuelve a Navarra en 1459, con 38 años de edad y comienzan las conversaciones para casarse con la hermanastra de Enrique IV de Castilla, (que sería años más tarde la reina Isabel "la Católica"), entonces de tan sólo 9 años de edad. Sin embargo, la oposición de Joan II, que pensaba en el hermanastro de Carlos, Ferran, entonces de 7 años de edad debía ser el candidato a esposo de Isabel. Fue tan violenta la discusión, que ordenó desarmar y prender a su hijo Carlos en Lleida el 2 de diciembre de 1460. Fue llevado después a Aitona y más tarde a la prisión de Morella. Esta imprudente medida alborotó a todo el reino y catalanes y navarros se alzaron en su favor. Esta insurrección pronto llegó a ser general y Joan II tuvo que ceder y poner en libertad al príncipe el 25 de febrero de 1461.
Al llegar Carlos a Barcelona se le hizo un recibimiento apoteósico (12 de marzo de 1461) convirtiéndose en un símbolo para los catalanes, alzados contra Joan II al que dejaron de aceptar como rey al empeñar éste monetariamente a Luis XI de Francia el Rosello y la Cerdanya, como lo era para la gran mayoría de los soliviantados nobles navarros beaumonteses.

Por la capitulación de Villafranca del Panadés (21 de junio de 1461), Carlos de Viana fue reconocido por los catalano-aragoneses alzados y como hijo primogénito de Joan II, como heredero de los Estados de la corona aragonesa, jurando su cargo como Lugarteniente perpetuo de Catalunya.
Pero poco después de esto, el 23 de septiembre de 1461, el príncipe muere a los 40 años, 3 meses y 26 días de edad en el Palacio Real de la ciudad de Barcelona, no sin la sospecha de haber sido envenenado por su madrastra Juana Enríquez, madre del "bastardo" Ferran. Esta fue la excusa para iniciar la contienda civil en Catalunya. La causa real de su muerte fue la tuberculosis que padecía desde hacía años. La salud del príncipe de Viana sufrió un severo deterioro durante su cautiverio, que fue muy duro puesto que su padre le negó cualquier tipo de trato de favor debido a su rango principesco. Carlos de Viana estuvo recluido en una celda húmeda, oscura, mal ventilada, sin ropa de abrigo, en deficientes condiciones higiénicas y mal alimentado. Estas circunstancias agravaron su tuberculosis y para cuando fue liberado y llegó a Barcelona ya se encontraba en estado terminal