jueves, 21 de julio de 2016

Historia de Catalunya (Junta de Braços)

En la edad moderna la Junta General de Braços de Catalunya era una institución que convocaba la Diputacio del General de Catalunya de manera extraordinaria en casos de emergencia o urgencia. Formaban parte de ella todos aquellos representantes en las Corts Catalanas que en ese momento se encontraran en la capital de Barcelona.
La decisión de convocar la Junta de Braços debían tomar los tres diputados y los tres oyentes que conformaban la Diputacio del General de Catalunya. Se constituía siguiendo el mismo ejemplo de las Corts Catalanas, es decir, reuniendo los miembros de los tres brazos estamentales: el eclesiástico formado por clero, el militar formado por la nobleza y el popular formado por las villas y ciudades. Sólo se convocaba a los miembros que vivían en Barcelona (o que en ese momento estaban), ya que el carácter urgente de las cuestiones que se debían plantear y las comunicaciones precarias de la época imposibilitaban una convocatoria general para toda Catalunya. La finalidad de la Junta de Braços era la de aconsejar el consistorio vigente sobre algún tema candente, o ratificar sus decisiones ya tomadas. Podía ser que para asistirle en la gestión del tema tratado la Junta creas una comisión formada por algunos de sus miembros y que se llamaba según el número de integrantes que tenía: novena, decimoctava o treinta y seseiava.1 En ningún caso tenía la facultad de legislar nuevas constituciones, capítulos de cortes, o actos de cortes, prerrogativa únicamente de las Corts Catalanas

1640. Con el estallido de la Guerra de Cataluña (1640-1659) los Braços o "Estats Generales" (nombre que aludía a los estados generales de las Provincias Unidas, actual Holanda) recomendaron a la Diputación que convocara también aquellas villas y pueblos reales que normalmente no entraban en las Corts Catalanas así como también los simples varones tanto seculares como eclesiásticos, convocatoria que fue todo un éxito de respuesta y representatividad general del país. Esta asamblea propuso y legitimar las diversas medidas militares, diplomáticas y cambios legales fundamentales que la Diputacio adoptó. Sus miembros formaron juntas de guerra, de hacienda y de justicia, así como una decimoctava (después ampliada a trigésima sexta) que asesoraba a los diputados y oidores de la Diputacio en los asuntos generales.

1713. Esta Junta de Brazos se inició el 30 de junio de 1713 en el Saló de Sant Jordi del Palau de la Generalitat para deliberar si en defensa de las constituciones se debía seguir oponiendo resistencia a las tropas de Felipe V (una vez Carlos III había marchado ya hacia Viena). Cada Braço deliberó por separado en salas diferentes, y el 6 de julio siguiente el Braç real y el Braç militar acordaron la defensa con armas del Principat, para mantenerlo bajo el dominio de Carlos III y preservar las Constituciones, Privilegios, Usos y Costumbres e inmunidades de Catalunya, conforme a lo que se adhirió al día siguiente el Braç Militar. Esta resolución dio lugar a la heroica resistencia catalana a las tropas de Felipe V durante la "Guerra de Sucesión".

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