viernes, 10 de junio de 2016

Historia de Catalunya (Los Condados [XXIV)

El Obispado de Pallars

El año 888, gracias a la actuación de Esclua, obispo intruso de Urgell y pretendido metropolitano de la Tarraconense, a instancias del conde Ramón I se creó el obispado de Pallars, cosa que significaba sustraer los territorios de Pallars y Ribagorza a la autoridad de los obispos de Urgell.

El sínodo de Urgell (892) obligó a Esclua a renunciar al obispado de Urgell; entonces, se reconoció que el obispado de Pallars subsistiría sólo en vida de su titular Adolfo de Pallars; así mismo, Ató de Pallars, hijo del conde Ramón I consiguió suceder a Adolfo y regir el obispado hasta su muerte, en el año 949; entonces, la diócesis pallaresa se extinguió y sus parroquias fueron reintegradas al obispado de Urgell.
En el siglo XI, los documentos de los condados pallareses se databan generalmente según el año del reinado del soberano de Francia, pero aparecen otros datados por la fecha del reinado del rey de Aragón; así en 1063 aparece un Factum iudicium in mense iunio, anno primo regnante Sancioni rege, Ranimiro regis filio ('Juicio hecho en el mes de junio, el año primero, reinando el rey Sancho, hijo del rey Ramiro'), que alude a los monarcas Sancho Ramírez y Ramiro I de Aragón. En 1095 otro documento se data por el reinado de Pedro I de Aragón, Alfonso VI de Castilla, Felipe I de Francia y los dos condes de Pallars (Artal y Raimundo). En el siglo XII tenemos suscripciones como la del 24 de enero de 1103, que menciona explícitamente como rey a Pedro I de Aragón con la expresión regnante Petrus rex, o la del 24 de mayo de 1124 que indica regnante in Ribagorza Aldefunso rege et in comitatu Paliarensis Bernardo comite et Artallo similiter, donde el aludido es Alfonso I de Aragón el Batallador. No aparece, en cambio, ninguna datación de diplomas por el año del mandato del conde de Barcelona, que no se menciona nunca en la documentación. Los condes del Pallars Jussá como, por ejemplo, Arnau Mir eran feudatarios del rey de Aragón.

Tras los acuerdos de esponsales entre Ramiro II de Aragón y Ramón Berenguer IV de Barcelona para casar al conde barcelonés con la hija y heredera del reino de Aragón, la futura reina Petronila, comienzan a aparecer tras la unión dinástica de reino y condado que será conocida posteriormente como Corona de Aragón, dataciones por Raimundus Berengarius princeps Aragonensium et chomes Barchilonensium, es decir, por Ramón Berenguer IV como príncipe de Aragón y conde de Barcelona (por ese orden de titulación).

En este mismo sentido, la introducción de los Usatges de Barcelona como norma jurídica es tardía. En los siglos anteriores a la creación de la Corona de Aragón, se utilizó la ley gótica (lex gotica), lo cual incide en su independencia en relación con sus instituciones legales.

En cuanto a la moneda, en Pallars circuló la moneda aragonesa en los siglos XI y XII o se pensó en cantidades de oro o plata en metálico según valores de cuenta por medidas jaquesas. Así, se puede leer en un testamento de 1100, que la condesa Valencia legó a la iglesia de San Pedro de Roma «17 onzas de oro de Jaca», o cómo en 1196 se precisa en un pago que se trataba de sueldos jaqueses

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