Así
pues, la implicación de las altas jerarquías eclesiales en el
movimiento de "Pau i Treva de Déu" consistió en neutralizar las
potencialidades revolucionarias, mediante el reconocimiento a los
agricultores de derechos esenciales, como eran las seguridades de las
sagreras y de los bienes y personas de los aldeanos, pero sin cuestionar nunca el poder nobiliario ni el avasallamiento de los agricultores; después
de todo, el único objetivo de los eclesiásticos era defender sus
grandes patrimonios territoriales de los ataques de los señores,
mediante el arma espiritual de la excomunión, la cual, por resultar
eficaz como instrumento de exclusión social, necesitaba que la Iglesia se ganara el apoyo del pueblo.El
poder condal continuó utilizando la "Pau i Treva", limitadora de las
prerrogativas de los clanes nobiliarios debido a su interdicción de la
violencia, para afirmar su poder, como lo hizo Ramón Berenguer III en
Olèrdola (1108) y el condado de Cerdanya (1118),
o Ramón Berenguer IV en 1134, cuando, para garantizar los privilegios
otorgados a los caballeros del Temple, presidió una asamblea de "Pau i
Treva" junto con el obispo de Barcelona Oleguer. Así pues, la asamblea de la Fondarella (1173) convocada por Alfons II "el Cast" no es sino el final del proceso de conversión de la "Pau i
Treva" en un instrumento del poder regio.Alfons
II "el Cast" obligó a los varones y a los castellanos a ratificar los estatutos de
la Fondarella que, en consonancia con los orígenes eclesiásticos de la
"Pau i Treva", conferían a los obispos una importante función
jurisdiccional: la potestad de convocar a los jefes de familia para
combatir los malhechores, sin dotarlos paso, sin embargo, de medios coercitivos. Por
ello, el rey creó las veguerías, distritos gobernados por un veguer,
nombrado por el monarca entre personas sin vínculos familiares con los
varones y castellanos de la zona; así, vertebrar la primera administración local de Catalunya.
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